Si buscas Verifactu, la mitad de lo que vas a leer está desactualizado. El calendario se ha aplazado dos veces, así que hay artículos, comerciales y hasta documentación de fabricantes que siguen dando fechas que ya no existen. Empecemos por ahí.
Las fechas que están en vigor
| Quién | Desde cuándo |
|---|---|
| Empresas que tributan por el Impuesto sobre Sociedades | 1 de enero de 2027 |
| Autónomos y demás obligados (IRPF, IRNR con establecimiento permanente, entidades en atribución de rentas) | 1 de julio de 2027 |
| Fabricantes y comercializadores de programas de facturación | Ya: desde el 29 de julio de 2025 solo pueden comercializar sistemas adaptados |
El calendario original empezaba el 1 de julio de 2025. El Real Decreto 254/2025 lo movió a enero y julio de 2026, y el Real Decreto-ley 15/2025, convalidado por el Congreso en diciembre, lo volvió a mover a 2027. La Agencia Tributaria lo confirma en su nota informativa.
Hasta tu fecha puedes adaptarte voluntariamente y hacer pruebas, pero no estás obligado. Ese margen es bueno: da tiempo a elegir bien en lugar de contratar a la carrera lo primero que te ofrezcan por teléfono.
Qué es Verifactu, en dos párrafos
El Real Decreto 1007/2023 obliga a que el programa con el que facturas genere, por cada factura, un registro de facturación encadenado con el anterior mediante una huella, de forma que no se pueda modificar ni borrar sin dejar rastro. Además, todas las facturas llevan un código QR.
Hay dos formas de cumplir. En modalidad Verifactu, el programa envía cada registro a la Agencia Tributaria en el momento de emitir la factura; a cambio, no hace falta firma electrónica ni registro de eventos. Si prefieres no enviarlos, el sistema tiene que firmar electrónicamente cada registro y llevar un registro de eventos completo, y conservarlo todo a disposición de Hacienda.
Quién no está obligado
La Agencia Tributaria lo resume en cuatro condiciones: para estar obligado tienes que cumplirlas todas. Quedan fuera:
- Quien ya está en el SII (Suministro Inmediato de Información). Los dos regímenes son excluyentes.
- Las empresas con domicilio fiscal en País Vasco o Navarra, que tienen TicketBAI con su propia normativa.
- Quien factura exclusivamente a mano, sin programa informático.
- Quien tenga una exención concreta reconocida por la Agencia Tributaria.
Ojo con un caso que pilla a mucha pyme: si tus facturas las emite un tercero, por ejemplo tu asesoría, es el programa de ese tercero el que tiene que cumplir, pero eso no te quita a ti tu obligación. Convendría que lo hables con ellos ahora, no en diciembre de 2026.
No existe el "programa homologado por Hacienda"
Esto es lo que más se está usando para vender. La Agencia Tributaria no homologa ni certifica programas de facturación. Lo que existe es una declaración responsable que firma el fabricante, diciendo que su sistema cumple el reglamento. Está en el artículo 13 del Real Decreto y en el artículo 15 de la Orden HAC/1177/2024.
Así que si alguien te enseña un sello de "certificado por la AEAT", o no sabe de qué habla o te está engañando. Lo que sí puedes pedirle es su declaración responsable, por escrito.
Qué preguntar a tu proveedor
Antes de pagar nada, estas cinco preguntas te ahorran el 90 % de los problemas:
- ¿Me dais vuestra declaración responsable? Por escrito, con fecha.
- ¿En qué modalidad funciona: Verifactu o sin envío? Si es la segunda, ¿incluye firma y registro de eventos?
- ¿Está incluido en mi plan o es un módulo aparte? Aquí aparecen muchas sorpresas.
- ¿Hay algún intermediario? Varios programas envían a Hacienda a través de un proveedor externo que se contrata y se paga por separado.
- ¿Qué pasa con mis series y mi numeración actual? Es lo que más se rompe al cambiar de sistema a mitad de año.
Si facturas con Zoho
Zoho publica documentación específica para España en Books, Invoice, Billing e Inventory, y el envío a la Agencia Tributaria se hace a través de B2Brouter, un proveedor externo: hay que crearse una cuenta propia y contratar su plan, y el número de facturas que puedes enviar depende de ese plan. Zoho no cobra por el envío y añade el QR a la factura una vez validada.
Dos avisos importantes. El primero: la ayuda de Zoho para España seguía indicando las fechas de 2026 cuando escribimos esto, así que no tomes de ahí el calendario. El segundo: Zoho CRM no es un sistema de facturación. Si hoy emitís facturas desde el CRM con alguna personalización, eso es exactamente lo que hay que replantear, y cuanto antes mejor.
Lo vemos con más detalle en Zoho y Verifactu.
Qué haría yo ahora, sin prisa
- Averiguar con qué facturas de verdad. A veces no es el programa oficial, sino una plantilla, una hoja de cálculo o una personalización del CRM que alguien montó hace años.
- Preguntar a tu proveedor las cinco preguntas de arriba, y guardar la respuesta.
- Hablar con tu asesoría si son ellos quienes emiten tus facturas.
- Probar en 2026, con calma, y llegar a tu fecha con el sistema rodado.
Y si el cambio te obliga a tocar cómo pasan las ventas a facturación, aprovecha para conectarlo con el CRM de una vez, en lugar de seguir tecleando lo mismo dos veces.
Esta información es general y está tomada del BOE y de la Agencia Tributaria en septiembre de 2026. No es asesoramiento fiscal: tus obligaciones concretas las confirma tu asesor.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo entra en vigor Verifactu?
Para empresas que tributan por el Impuesto sobre Sociedades, el 1 de enero de 2027. Para autónomos y el resto de obligados, el 1 de julio de 2027. Las fechas de 2026 quedaron sin efecto con el Real Decreto-ley 15/2025.
¿Verifactu obliga a enviar todas las facturas a Hacienda?
Solo en la modalidad Verifactu, que envía cada registro al emitir. Existe la alternativa de no enviarlos, pero entonces el programa debe firmar electrónicamente cada registro y llevar un registro de eventos completo.
¿Quién está exento de Verifactu?
Quien ya está en el SII, las empresas con domicilio fiscal en País Vasco o Navarra, que tienen TicketBAI, quien factura exclusivamente a mano y quien tenga una exención reconocida por la Agencia Tributaria.
¿Existen programas homologados por Hacienda?
No. La Agencia Tributaria no homologa ni certifica programas de facturación. Es el fabricante quien firma una declaración responsable de que su sistema cumple. Desconfía de quien venda un sello oficial.
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